TRAMITACIÓN DE AYUDAS ESPECIALES
Las ayudas especiales de medicamentos, equipos, insumos y material médico quirúrgico, soportes ortopédicos, deben ser canalizadas a través de la Gerencia de Bienestar Social conjuntamente con los recaudos que a continuación se mencionan:
• Fotocopia de la Cédula de Identidad.
• Original del Informe Médico, donde se especifique la patología presentada por el paciente de forma detallada, tratamiento indicado por el médico tratante, el cual debe coincidir con el récipe médico.
• Los Récipes Médicos deben venir membretados, con sello húmedo y debidamente firmados por el Médico donde aparezca registro sanitario, número de Colegio Médico, RIF.
• El Récipe Médico debe ajustarse a las indicaciones médicas, por lo cual los presupuestos emitidos deben coincidir en las cantidades que aparecen en los mismos “NO DEBEN EXCEDERSE DE TRES (03) MESES."
• Los presupuestos no deben anexarse con fechas anteriores al Informe Médico o Récipe, o que estén con caducidad. Es importante, que todo presupuesto, por cualquier requerimiento de ayuda debe poseer RIF.
• De igual forma, los casos relacionados con Intervenciones Quirúrgicas, tratamientos especiales, exámenes u otros, deben traer anexo:
• Original de Informe Médico actualizado, identificación del paciente y del médico, sello húmedo.
• Tres (03) presupuestos originales actualizados, existiendo correspondencia entre la fecha de emisión del Informe Médico y receptoría social, todo esto con la finalidad de evitar retraso en el procesamiento de los casos.
• Los presupuestos emitidos por Médicos para Exámenes Especiales deben tener el RIF del Médico con su sello húmedo.
• Cuando no se consigne algún recaudo, se deberá realizar una exposición de motivos justificando y soportando la solicitud.
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